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LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PERSONAS JURÍDICAS DE BUENOS AIRES PRESENTA EL MANUAL PARA ASOCIACIONES CIVILES SOBRE LA LEY 15192

 

El gobierno provincial reglamentó la Ley de Asociaciones Civiles y Mutuales y la Dirección Provincial de Personas Jurídicas comenzó a trabajar en su implementación.

El art. 12° y 13° de la Ley 15.192 dispone la Condonación de Deudas de documentación anual obligatoria a día 31 de Diciembre de 2014 y la normalización por los períodos posteriores (2015 a 2019), para aquellas asociaciones civiles que han sido declaradas de interés público: Clubes de

Barrio, Centro de Jubilados, Sociedades de Fomento, Centros Culturales, Jardines Comunitarios, Organizaciones de Comunidades Migrantes, y aquellas que tengan ingresos anuales totales menores a la Categoría G del Monotributo.

La solicitud deberá iniciarse ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas con sede en La Plata, las delegaciones, los municipios con convenio vigente y/o cualquier otro organismo público con convenio vigente, mediante el siguiente FORMULARIO https://drive.google.com/file/d/10uFTr1Gd_PcT59XYKgwXo0Jzlt-5iiSV/view 

Para conocer el procedimiento, te ofrecemos el siguiente Manual sobre el Nuevo procedimiento de Condonación y Normalización para Asociaciones Civiles declaradas de Interés Público https://drive.google.com/file/d/1Xn1eF2O44vyYbzn2j9MruoUnFM-BdC-N/view 

Tené en cuenta que el ingreso de trámites ante la DPPJ se reanudará en Febrero, por lo que te recomendamos disponer de este tiempo para analizar la situación de tu institución y recabar los datos y documentos necesarios.

Si todavía tenes dudas, podes escribir a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y a la brevedad te responderemos.